jueves, 15 de octubre de 2009

DECRETO 01.- SOBRE LOS DECANOS Y DECANATOS DE LA IGLESIA LIBERACION LATINA


Iglesia Ortodoxa Ucraniana Autocéfala

del Norte y Sur de América y la Diáspora.

ARZOBISPADO METROPOLITANO DE NUEVA YORK

IGLESIA LIBERACIÓN LATINA


+ MYKHAYIL JAVCHAK CHAMPION
ARZOBISPO METROPOLITANO

DE TODA AMERICA Y LA DIASPORA

PRIMADO DE LA IGLESIA LIBERACION LATINA


DECRETO SOBRE LOS DECANOS Y

DE LOS DECANATOS
EN LA IGLESIA LIBERACION LATINA


VISTOS:

- La necesidad pastoral de establecer la Iglesia Liberación Latina en toda mi jurisdicción pastoral que comprende America del Norte, Centro y Sur.

- Que para una mejor organización de esta iglesia particular y la atención de los fieles que ha ella libre y voluntariamente se comparten nuestro carisma de Iglesia cristiana, católica, histórica, apostólica, ecuménica e inclusiva.

- La necesidad de delegar diversas facultades a mis más cercanos colaboradores.

He tomado en cuenta las aportaciones que me han presentado, y deseo respaldar y animar el trabajo de los Decanos en bien deL clero y de las misiones y parroquias.

-

EL DECANATO

1. El Decanato, según lo constata la experiencia pastoral de nuestra Iglesia local, es la instancia operativa más adecuada para dar curso y cumplimiento a una organización firme y en comunión con esta sede arzobispal.

2. Corresponde solo al Arzobispo la constitución, modificación o supresión de los Decanatos

3. Le corresponde al Arzobispo determinar el número y la organización de los Decanatos de acuerdo a las

necesidades de la iglesia.

4. Cada Decanato debe contar con un Decano y un Sub-Decano, nombrado por el Arzobispo.

EL DECANO, FACULTADES Y FUNCIONES

5. El Decano, conforme a su oficio, hace presente al mismo Arzobispo en el ámbito del Decanato, en corresponsabilidad con el gobierno y la acción pastoral.

6. Al Sr. Arzobispo, le corresponde nombrar y remover al Decano, así como aceptar su renuncia o trasladarlo a otro oficio.

7. El Decano ordinariamente será nombrado por el término de tres años y cesa en su oficio por transcurso del tiempo prefijado, por cumplimiento de la edad determinada por el derecho, 75 años, por renuncia aceptada, traslado a otro oficio o a otro territorio decanal, por remoción o privación .

8. El Sr. Arzobispo, para nombrar Decano, debe cuidar que el candidato, entre otras cualidades, ser candidato al presbiterado o ser ordenado presbítero;, ordinariamente, residir en alguna de las misiones parroquias del Decanato.

9. Los Decanos, bajo la autoridad del Sr. Arzobispo, integran el Consejo de Decanos y serán parte del Consejo de Gobierno Pastoral de la ILL.

10. El Decano tendrá como principales funciones en vista de promover la pastoral de conjunto:

10.1 Animar, fomentar y coordinar la actividad pastoral común en el Decanato

10.2 Formar su equipo de trabajo pastoral, o Equipo Decanal para animar y coordinar las acciones en común en el Decanato.

10.3 Pedir a las diversas Iglesias inclusivas, que residan o trabajen en el territorio del Decanato, que con su propio carisma se establezcan lazos de fraternidad y ecumenismo y aporten mutuamente a la actividad pastoral decanal.

10.4 Guiar y supervisar el funcionamiento de los entes y personas que dependan o actúen en nombre del Decanato, como Equipos Misioneros, Equipos liturgicos o las Acciones Específicas formativas y sociales a las cuales sean invitados.

10.5 Convocar y presidir las reuniones del Decanato y del Consejo Pastoral del mismo Decanato, en nombre del Arzobispo, así como representar al Decanato en las reuniones del Consejo de Decanos.

10.6 Favorecer la participación de los Laicos en las reuniones del Decanato, según el tipo de reunión para que asuman sus responsabilidades e integren Consejos y Comisiones Decanales;

10.7 Dar seguimiento a los acuerdos tomados en las diversas reuniones e informar al Sr. Arzobispo, de manera directa, fluida, escrita y, de la situación real del Decanato.

10.8 Visitar periódicamente las comunidades e informar del estado de las mismas a la autoridad competente.

10.9 Recibir oficialmente las comunidades, misiones parroquias que le sean encomendadas.

10.10 Ver que se tutelen y administren con diligencia los bienes eclesiásticos.

10.11 Fomentar la fraternidad sacerdotal.

10.12 Cuidar de que los clérigos de su Decanato vivan de modo conforme a su estado y cumplan diligentemente sus deberes

10.13 Integrar y coordinar a individuos, grupos y movimientos laicales, parroquiales o no al trabajo pastoral del Decanato; teniendo comunicación personal con los agentes laicos.

10.14 Ser responsable, con los agentes laicos, de la formación permanente, que ellos necesitan en todos sus órdenes y niveles.

10.15 Los Decanos, cuando no es posible que el Obispo confiera el Sacramento de la Confirmación, el Decano puede ser delegado por el Arzobispo. En esta delegación hay que observar la secuencia indicada por las normas canónicas y litúrgicas para quienes tengan un ministerio o cargo particular en la Eparquía,

C. Estas disposiciones entrarán en vigor en este mismo día en que las suscribo, y deberán ser añadidas en el Archivo arzobispal, continuando la numeración que corresponda. Mando además que sea publicado en los medios electronicos (web, facebook, etc) Oficiales del Arzobispado y de la Iglesia Liberación Latina y que se dé a conocer a los Señores Decanos, a los Párrocos y demás agentes de pastoral en los Decanatos, de la manera que se vea más conveniente.

D. Como siervo de este pueblo peregrino, pido al Padre de Nuestro Señor Jesucristo, que nos envíe su Espíritu, para que avancemos, bajo la mirada de María de Guadalupe, virgen morena y patrona de America, hacia una acción cada vez más firme, coordinada y generosa en la construcción del Reino de Dios en los paises donde está presente nuestra Iglesia Liberación Latina”

Dado en la Curia del Arzobispado Metropolitano de Nueva York, a doce días del mes de Octubre del año del Señor Dos Mil Nueve,

+ Mykhayil Javchak Champion
Arzobispo Metropolitano de Nueva York

Primado de la Iglesia Liberación Latina

Diacono Roger Medina
Secretario Canciller

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